BORM nº 93; 24/04/2009. Abierto Plazo de presentación de solicitudes hasta 25/05/2009
Tabla resumen de las convocatorias de subvenciones en materia de inmigración para el año 2009
El objeto de la presente Orden es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones dirigidas a Instituciones Sin Fin de Lucro para:
Instituciones sin fin de lucro.
1.-Las Instituciones solicitantes de estas ayudas desarrollarán su actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y deberán cumplir los requisitos establecidos en la Ley 38/2003 de 16 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 7/2005 de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en la Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Trabajo y Política Social, así como los que a continuación se detallan:
a)a) Encontrarse inscritas en el registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Región de Murcia o haber solicitado su inscripción dentro del plazo de solicitud de la subvención, así como la autorización previa o de funcionamiento, según corresponda, de los respectivos Centros y Servicios Sociales para los que se solicita subvención. En todo caso, para la concesión deberán contar con la autorización correspondiente. De este requisito quedarán exentas, cuando la subvención se solicite para la adquisición de local.
b) Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con anterioridad al dictado de la propuesta de resolución de la concesión.
c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y frente a la Seguridad Social, con anterioridad al dictado de la propuesta de resolución de la concesión.
d) No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Las Instituciones Sin Fin de Lucro, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 apartado 1 letra a) de la Orden de 19 de diciembre de 2006, estarán obligadas a aportar el veinticinco por ciento, como mínimo, de los costes del proyecto para el que se solicita la subvención.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 25/05/2009.
Con el fin de facilitar la presentación de las solicitudes, se ha puesto a disposición de todas las entidades los siguientes RECURSOS DE INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO:
1. Servicio Telefónico de Información: 968 36 80 84
2. Servicio de Asesoramiento Individualizado, mediante concertación de cita previa, que funcionará durante el horario de atención al público de 9 a 14 horas.
3 .Correo electrónico, con las direcciones:
4. Fax, con número 968 36 68 51 y 968 36 68 41
Documentación a presentar en esta convocatoria
La solicitud de subvención (ANEXO I), debe ir acompañada de los ANEXOS y documentos correspondientes.