La inscripción de entidades de formación se efectuará respecto de las especialidades formativas no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad que estén incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas previsto en el artículo 20.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, debiendo las entidades de formación figurar en los correspondientes registros y, a su vez, en el Registro Estatal de Entidades de Formación.
Las entidades de formación que deseen impartir este tipo de formación, deberán presentar al Servicio Regional de Empleo y Formación por medios electrónicos una declaración responsable para cada una de las especialidades formativas que quieran a impartir en la modalidad presencial.
Las declaraciones de inscripción así formuladas únicamente contendrán centros, espacios, o instalaciones ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma a la que se presenten.
Para la inscripción de las entidades de formación mediante declaración responsable aquellas deberán disponer de las instalaciones, equipamientos, medios y recursos humanos especificados en el programa formativo que sobre la especialidad correspondiente conste en el Catálogo de Especialidades Formativas.
La inscripción realizada mediante la presentación de la declaración responsable estará sujeta al mantenimiento de las condiciones y requisitos que motivaron su obtención y al cumplimiento de las obligaciones recogidas en el artículo 16 de la Orden TMS/369/2019.
Una vez realizada la inscripción, el SEF verificará que se cumplen los requisitos establecidos en el programa formativo que en el Catálogo de Especialidades Formativas está asociado a la especialidad que corresponda y, en particular las prescripciones del artículo 24.1 de la Orden TMS/369/2019.
Declaración Responsable. Inscripción en el Registro de Entidades del SEF