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En el teléfono de atención al ciudadano 012 o directamente en cita previa en oficinas de empleo
A la que le corresponda según el código postal de su domicilio. Puede consultar la oficina que le corresponde en el apartado Oficinas de empleo > Localización.
No es necesario. Deberá facilitar su dirección completa.
Los servicios de la demanda disponibles son: alta, baja y suspensión de la demanda, renovación de la demanda, obtención de duplicados de la tarjeta, informes de demanda personalizados , modificación de datos personales y profesionales, así como la elaboración del currículum en formato europeo.
El alta en la demanda se realiza en el Catálogo de Servicios al Ciudadano. Para poder realizar la inscripción desde la Web es necesario haber tenido demanda con anterioridad (quien no ha tenido demanda tendrán que seguir acudiendo a su oficina de empleo). Para realizar la Inscripción habrá que disponer de contraseña, que se solicitará en la tarea "Gestión de usuarios". Cuando solicite el alta no olvide su nombre de usuario ya que le será requerido junto con la contraseña, la cual se remitirá mediante mensaje SMS.
Solicitar un duplicado en cualquier Oficina de Empleo o en las Ventanillas Únicas habilitadas al efecto. También podrá obtener un duplicado a través del Catálogo de Servicios al Ciudadano
Horario de atención al público de 9 a 14 horas en las Oficinas de empleo. También podrá renovar su demanda de empleo en las Ventanillas Únicas habilitadas al efecto en el horario establecido en las mismas. Igualmente podrá renovar su demanda por Internet durante las 24 horas.
En cualquier otra Oficina de Empleo de la Región de Murcia o de España, así como en las Ventanillas Únicas de las Región de Murcia que tienen habilitado este servicio. También por Internet a través del siguiente enlace renovación de la demanda (sellado).
Accediendo a los servicios por Internet de la siguiente forma:
Entre en “Renovación Demanda de empleo (sellado)” una vez aquí, escriba su número de identificación (NIF/NIE) y su fecha de nacimiento, le dará un mensaje de confirmación y la opción de enviarle esta confirmación por mensaje al móvil.
También puede renovar a través del catalogo de servicios al ciudadano, identifíquese con su DNI o NIE, acceda a los distintos servicios a través de Usuario/contraseña o Certificado digital y pulse sobre "Renovación de Demanda". Realizada la operación, con Usuario/contraseña o con Certificado digital, obtendrá un recibo imprimible de su renovación, que podrá guardar en formato electrónico.
Las operaciones realizadas con éxito por Internet tienen el mismo valor que las realizadas en la Oficina de Empleo.
Sólo el día indicado en su tarjeta de demanda. Si este día es inhábil, podrá renovar su tarjeta en el siguiente día hábil.
Si es previsible deberá acudir con antelación a la oficina de empleo y comunicarlo. Si no es previsible acuda a la oficina de empleo al día siguiente hábil. Recuerde que también podrá renovar su demanda por Internet durante las 24 horas del día señalado en su tarjeta.
Puede justificar su situación en la oficina de empleo, quedando exento de renovar (sellar) durante el tiempo que dure la enfermedad.
Podrá hacerlo en cualquiera de las Oficinas de Empleo de la Región de Murcia o en las ventanillas únicas de la Región de Murcia habilitadas al efecto.
Si, a través del Catálogo de Servicios al ciudadano > Informes de demanda personalizados.
No obstante, si usted en realidad lo que precisa es un certificado de ingresos o de no recibir ingresos por prestaciones de desempleo acceda a la web www.sepe.es donde existe un servicio de Sede Electrónica (oficina virtual).
Con cualquier titulación Oficial, y en caso de no tenerla con el “Servicio de evaluación rápida de conocimiento de idiomas” (SERCI) que ofrece el SEF.
1. Leerla detenidamente para comprobar si el perfil del puesto y las condiciones laborales que se especifican se ajustan a su perfil e interés profesional.
2. Actuar y responder a la oferta siguiendo el medio de contacto elegido por la empresa y que se proporciona en el anuncio y/o publicación de la oferta.
3. En caso de duda, acudir al área de intermediación laboral de su oficina de empleo.
Entrando a los servicios a trabajadores que el SEF ofrece y accediendo a este enlace:
Podrá realizar una búsqueda generalizada, en la que se mostrarán todas las ofertas publicadas, o bien una búsqueda selectiva o avanzada, de acuerdo con el criterio que elija, por municipio, sector profesional, etc.
También puede realizarla accediendo al portal del Sistema Nacional de Empleo , en donde puede ver las ofertas publicadas en todas las comunidades autónomas de España. Una vez entre en este enlace, selecciona la Región de Murcia.
1.-Desde la página ofertas de empleo y prácticas no laborables, entrando a los servicios que se ofrecen a los trabajadores pinche en el enlace de acceso al Sistema Nacional de Empleo. Una vez aquí puede ver las ofertas de modo generalizado o bien haciendo una búsqueda mas selectiva por provincia o sector profesional.
2.- Accediendo a los portales de empleo propios que algunas comunidades autónomas tienen, como Andalucía, Cataluña, Galicia, Comunidad Valenciana, etc.
Se pone a disposición del empresario diferentes medios para comunicar las ofertas de empleo: telemáticos, electrónicos o presenciales.
1.- A través de medios telemáticos, mediante emple@ dispone de información, puede acceder también desde los servicios a empresas.
2.-A través de medios electrónicos, mediante el envío del formulario de solicitud de oferta, a través de correo electrónico o fax a la oficina de empleo correspondiente.
Dispone de un localizador de oficinas en la misma página
3.- Presencialmente acudiendo la oficina de empleo más cercana.
4.- A través del servicio de promoción de empleo, un promotor de servicios puede desplazarse a su empresa para ofrecerle información. Más información del servicio de promoción de empleo a empresas
Son programas por los que una entidad pública solicita demandantes de empleo desempleados perceptores de prestaciones o subsidio para realizar actividades temporales de interés social, pudiendo compatibilizar dichos demandantes el cobro de su prestación junto con un complemento económico a cargo de la entidad.
1.- Estar inscrito/a en una oficina de empleo del SEF como persona desempleada y estar percibiendo prestaciones o subsidio.
2.- Mantener los datos profesionales de la demanda de empleo actualizados y correctos para que cuando se solicite un perfil determinado que coincida con el suyo, pueda ser tenido en cuenta.
3.-Así mismo, puede acudir al área de intermediación o a su orientador laboral de su oficina de empleo, para una mayor información y para solicitar el servicio requerido de colaboración social.
Estas ofertas están publicadas en:
Es una red de cooperación europea para el empleo y la libre circulación de trabajadores. Su objetivo es prestar servicios a los ciudadanos proporcionando información y asesoramiento sobre ofertas y demandas de empleo así como sobre condiciones de vida y trabajo de cada país.
No olvide estos documentos oficiales (en vigor)
Si, durante tres meses. Pase por el área de prestaciones de su oficina de empleo y le informarán de los trámites a seguir.
Podría tener dos tipos de ayuda:
A.-Subvención. Tanto si se es titular de una prestación por desempleo como si no, puede solicitarse una subvención por el establecimiento como trabajador autónomo, la cuantía dependerá de las circunstancias de la persona que solicita (ser mujer, dicapacitada, mayor de 55 años, etc.) oscilando de 6.000 a 9.900 euros. (Ayudas y subvenciones del SEF)
Solo podrán ser beneficiarias de las subvenciones para el establecimiento de trabajadores autónomos, aquellas personas que sean clasificables en cualquiera de los siguientes grupos:
B.-Capitalización de la prestación por desempleo.
Asimismo, si la persona es titular de prestación por desempleo (no de subsidio) podría solicitar del INEM la capitalización de la misma, es decir, su percepción no como renta mensual, sino como capital, lo que se conoce como "pago único", precisamente porque así se percibe en un solo pago, con la finalidad de autoemplearse, concepto éste más amplio que hacerse autónomo, y que incluye también la creación o adhesión a cooperativas de trabajo asociado y/o sociedades laborales. La incorporación a las mismas de personas desempleadas, hayan o no capitalizado su prestación por desempleo, también es objeto de subvención (infórmese en la Dirección General de Trabajo, Consejería de Educación, Formación y Empleo)
Las facturas de vehículos deben justificarse en razón de la actividad a la que se vaya a dedicar el autónomo: agente comercial, vendedor de seguros, abogados, etc.
En lo que se refiere al vehículo debe ser o bien de primera mano, o caso de que sea de segunda mano, adquirirlo a un concesionario autorizado o a quien se dedique a la actividad de venta de vehículos.
Según el Anexo I de la Orden se consideran activos fijos materiales “los vehículos industriales y comerciales siempre que quede acreditada su necesidad para la realización de la actividad”.
No, las facturas deben estar abonadas totalmente en el momento de la presentación de la solicitud.
No es válida ya que no se ajustan a lo que se define como Activos Fijos Materiales en el Anexo I de la Orden que expresa como tal la compra de locales comerciales e industriales, o el acondicionamiento y reforma de inmuebles necesarios para el ejercicio de la actividad. Los locales comerciales e industriales ya usados, que sean objeto de adquisición, tendrán la consideración de nuevos a los efectos de esta norma.
Es posible, para más información puede consultar la web del SEF o dirigirse a la Sección de Fomento Empresarial u Oficinas de empleo.
De 16 a 25 años (ser menor de 25 años).
Solicitar dicho servicio en su Oficina de Empleo.
Sí, si se cumplen los requisitos establecidos de estar inscrito como demandante de empleo y que la empresa haya registrado una oferta previa a la contratación. De hecho, podrían beneficiarse ambas empresas de la subvención.
El Real Decreto 427/1999, de 12 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, que regula la relación laboral de carácter especial de los discapacitados que trabajen en los centros especiales de empleo, establece en su artículo 7 que “Los contratos que concierten los centros especiales de empleo podrán ajustarse a cualquiera de las modalidades del contrato de trabajo previstas en el Estatuto de los Trabajadores”.
Si cumple los requisitos de las bonificaciones en SS.SS. tendrá derecho a ellas, pero no a la subvención, ya que el artículo 8 del Real Decreto 1451/83, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 13/1982, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento de empleo de los trabajadores discapacitados, al regular el procedimiento de contratación de estos trabajadores, establece la obligatoriedad de contratarlos a través de la correspondiente oferta de trabajo, que se presentará en la Oficina de Empleo (con la descripción detallada de los puestos que se quieran cubrir, sus características técnicas, así como capacidad que debe tener el trabajador para cubrir dicho puesto) con carácter previo a la contratación.
Las comunidades de propietarios, como cualquier otro tipo de entidad, podrán obtener esta subvención cuando puedan ser considerados como “empresa”, es decir, cuando ejerzan alguna actividad económica, por así disponerlo el R.D. 1451/1983 de 11 de mayo regulador del empleo selectivo y las medidas de fomento de empleo de trabajadores discapacitados, que en su artículo 7.1 establece que “Las empresas que contraten por tiempo indefinido…….”.
La realización de alguna actividad económica, se comprobará mediante la certificación del IAE emitido por la AEAT.
Junto con la solicitud deben presentar un escrito de determinación de jornada, aplicable al contrato fijo-discontinuo, con indicación de las horas de trabajo anuales a realizar por el trabajador y el porcentaje que supone en relación a lo estipulado en el convenio aplicable. Ese porcentaje es el que aplicará la empresa en la solicitud de subvención.
Los empresarios están obligados a comunicar a los Servicios Públicos de Empleo, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su concertación, el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito.
No es necesaria la cumplimentación de contrato escrito, cuando es por acumulación de tareas y éste es a tiempo completo, pero la empresa sí está obligada a comunicar a la Oficina de Empleo todo tipo de contratos a través de Contrat@.
El Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) no posee copias de los contratos, pero sí podemos facilitarle información referente a dicho contrato procedente de nuestros registros informáticos, ya que debió ser comunicado en su día a través de la aplicación Contrat@.
Por ello, aprovechamos la ocasión para informarle que el Servicio Público de Empleo Estatal ha puesto a disposición de los ciudadanos a través de su página web una opción que facilita de forma on line la Consulta, y en su caso Impresión de los Datos de los Contratos de Trabajo de un Trabajador determinado, comunicados a los Servicios Públicos de Empleo
No obstante, también puede dirigirse a su oficina de empleo o solicitar por escrito a la Dirección General del SEF dicho documento, en caso de no poder obtenerlo on line.
Si dispone de certificado digital o DNI electrónico puede obtenerlo desde su casa a través de la sede electrónica de la Seguridad Social
O bien para todos los casos desde el Punto de Acceso a la Administración Española.
Puede continuar en esta situación hasta la obtención del alta y posteriormente inscribirse, o puede inscribirse como demandante de empleo y/o servicios, quedando su demanda en suspensión con o sin intermediación, según manifieste o no su intención de buscar empleo.
Solicitar al Instituto Murciano de Acción Social-IMAS (antiguo ISSORM) un certificado del grado de la discapacidad y otro a efectos laborales para su inscripción en el Servicio de Empleo, posteriormente acudir con dichos documentos a su Oficina de Empleo.
e-curriculum es una aplicación web que permite la publicación de ofertas de empleo, la inscripción de candidatos en las ofertas, y facilita los procesos de selección. La principal novedad es que los candidatos aparte de adjuntar sus curriculums podrán asociar también un video-currículum a su perfil.
En la página de inicio del portal de aplicaciones podemos encontrar el acceso para registrarse como nuevo usuario.
e-currículum
Para registrarnos, el sistema nos solicita una cuenta de correo electrónico y una contraseña, el correo electrónico indicado será a partir de ahora nuestro identificador de usuario.
Una vez dentro de la aplicación, en primer lugar debemos cumplimentar nuestros datos personales en el apartado “Datos Personales”.
Seguidamente puede cargar sus datos curriculares en el apartado “Mi Curriculum”.
En el apartado “Mi Curriculum” podemos incluir:
Si, en el apartado “Mi Curriculum”se puede cargar un videocurriculum de dos maneras, grabando el video directamente desde la aplicación o bien subir un video ya grabado desde un archivo ya creado.
Las ofertas gestionadas con e-curriculum las encontramos en el buscador de ofertas del portal del Servicio Regional de Empleo y Formación.
Si la oferta permite candidatos a través de e-curriculum, nos lo indicara con un enlace al Portal de Aplicaciones Web del servicio de empleo y formación de la Región de Murcia.
Para presentarnos candidatos a dicha oferta, accedemos a nuestro perfil y seleccionamos la opción “Ver Ofertas” seleccionamos la oferta que nos interesa, y nos inscribimos en ella.
En la opción “Historial de Solicitudes” el usuario puede consultar las ofertas a las que se ha presentado como candidato.
Para presentar su candidatura a una oferta gestionada por e-curriculum se necesita:
Servicio Regional de Empleo y Formación
Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía / CARM