A continuación encontrará los modelos e instrucciones necesarios para facilitarle el cumplimiento de la normativa sobre justificación de subvenciones y evitar posibles irregularidades que pudieran dar lugar a un reintegro.
El artículo 30.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que “… la rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario o de la entidad colaboradora, en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención pública."
Dirigida a ambos colectivos.
Planes de Negociación Colectiva
Programas Mixtos de Empleo y Formación
Otros modelos genéricos: